Consulta previa ambiental de partes: un nuevo paradigma en la protección ecocentrista

Autores/as

  • Diego Nicolás Cuspoca Autor/a
  • Wisman Jhoan Díaz Autor/a
  • Ana María Tinjaca Autor/a

Palabras clave:

Desarrollo sostenible, sujeto de derechos, jurisprudencia, consulta previa.

Resumen

Colombia es un Estado social y democrático de derecho, con una tradición constitucional marcada por el respeto de los sujetos mediante la protección jurídica en el que su Constitución Política propone hacer prevalente el interés general sobre el particular. En este sentido, los avances normativos están ajustados de manera relevante en las condiciones sociales evolutivas y bajo esta teoría la Constitución del 91 entró a reconocer la importancia del medioambiente como una figura constitucional considerada, según la doctrina ambiental nacional e internacional, como esencial, bajo los parámetros establecidos en el desarrollo sostenible. Lo anterior conlleva a resaltar la importancia que tiene para el país la protección y el cuidado de los recursos naturales y el medioambiente. Según los pilares de la sostenibilidad ambiental, esta premisa permite establecer de manera oportuna que los seres humanos son los administradores naturales de los recursos, pero que son parte fundamental como sujetos de derecho, entonces la premisa evoluciona en el sentido no de administrador sino ancestralmente como parte esencial en esta relación ambiental. Por estas razones, la jurisprudencia realiza un análisis acertado y reconoce al medioambiente como sujeto de derechos, circunstancia que cambia el panorama en cuanto al manejo y el cumplimiento del desarrollo sostenible en el estado colombiano.

Publicado

2019-01-01

Número

Sección

Artículos